EL VERAZ
Noticias de España, Málaga y la América Española
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

El TSJ de Canarias confirma que el ‘toque de queda’ y el cierre perimetral están suspendidos desde el domingo

by ElVeraz mayo 11, 2021
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

“Una medida no ratificada judicialmente no es eficaz y no puede ser aplicada”, dice la Sala

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) considera que su decisión de no ratificar las medidas adoptadas por el Gobierno de Canarias en referencia al toque de queda (la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno) y al cierre perimetral de las Islas, tras caducar el estado de alarma, no precisa de aclaración: las medidas no pueden ser aplicadas mientras no sean ratificadas por la Justicia. Un eventual recurso de casación ante el Supremo no paraliza cautelarmente la decisión que la Sala dio a conocer el domingo.

El pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en su sede de Santa Cruz de Tenerife ha notificado en la tarde del lunes, el auto que da respuesta a las peticiones del Gobierno de Canarias y del Ministerio Fiscal para que el órgano judicial aclarara o complementara la resolución dictada ayer en referencia a la ratificación de medidas adoptadas por el Gobierno de Canarias para hacer frente a la Covid-19, tras la caducidad del estado de alarma en la medianoche del pasado sábado.

La Sala entiende que no hay lugar a la aclaración del auto, aunque en su fundamentación explica el por qué de su proceder: “Una medida no ratificada judicialmente no es eficaz y no puede ser aplicada mientras no obtenga, en una u otra instancia jurisdiccional, esa ratificación expresa a que la ley la ha sometido”, establece.

Lo que explica el pleno del Tribunal es que el procedimiento que se está dilucidando no es el habitual en el que hay una controversia entre las partes. Aquí se trata, subraya, de “una petición sin discordia”, derivada de la aplicación del “novedoso” artículo 10.8 de la Ley 29/1998 de 13 de julio de la jurisdicción Contencioso Administrativa, que “ha venido a introducir la necesidad de la autorización o ratificación judicial de las medidas adoptadas con arreglo a la legislación sanitaria que las autoridades sanitarias de ámbito distinto al estatal consideren urgentes y necesarias para la salud pública e impliquen la limitación o restricción de derechos fundamentales cuando sus destinatarios no estén identificados individualmente”.

“En este escenario”, dice la Sala, “ la jurisdicción contencioso administrativa no revisa un acto de la administración sujeto al derecho administrativo como consecuencia de un recurso promovido por persona legitimada para ello y en ejercicio de una acción legalmente prevista, sino que se somete una decisión administrativa a la fiscalización del órgano judicial, de manera que el Tribunal no conoce de un verdadero proceso jurisdiccional entre partes, sino que actúa como juez de garantías en relación con los derechos fundamentales, dado que los mismos se hallan garantizados bajo la tutela efectiva de los Jueces y Tribunales, como afirma el artículo 7.1 LOPJ” [Ley Orgánica del Poder Judicial].

En cuanto a los términos empleados, subraya el Tribunal, debe considerarse que la ratificación “entraña, por su propio concepto jurídico, una condición suspensiva de eficacia, de manera que cuando el legislador, en legítimo ejercicio de sus competencias, toma la decisión de someter una determinada actuación administrativa a la necesidad de ratificación judicial, ésta queda afectada por una eficacia que puede calificarse de meramente interina o claudicante, de manera que la falta de ratificación judicial impide que pueda cobrar eficacia plena. En suma, una medida no ratificada judicialmente no es eficaz y no puede ser aplicada mientras no
obtenga, en una u otra instancia jurisdiccional, esa ratificación expresa a que la ley la ha sometido”.

El auto denegando la aclaración es firme. Sí cabe recurso ante el Supremo, recuerda la Sala, contra la resolución conocida el domingo.

Fuente: www.poderjudicial.es

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

El Tribunal Superior de Navarra advierte de que...

marzo 27, 2026

Ética para los operadores jurídicos

marzo 26, 2026

El CGPJ aprueba los informes a los anteproyectos...

marzo 26, 2026

La magistrada que instruye la causa por la...

marzo 25, 2026

La instructora del accidente de El Bocal (Santander)...

marzo 24, 2026

Francisco Jiménez‑Villarejo se incorpora al Consejo Fiscal como...

marzo 24, 2026

El Gobierno andaluz ampliará la Ciudad de la...

marzo 23, 2026

Los órganos judiciales de toda España registraron el...

marzo 23, 2026

El TSJPV avala la sanción impuesta a una...

marzo 19, 2026

La Audiencia de Sevilla condena a tres años...

marzo 18, 2026

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Instituto Cisneros. Premio España para trabajos de jóvenes

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Alberto Bárcena y la verdadera historia del Valle de los Caídos

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • Cuba: La ONU anuncia un plan de emergencia ante la escasez de combustible

    marzo 27, 2026
  • Israel, cien exdiplomáticos al Gobierno: la violencia en Cisjordania es intolerable

    marzo 26, 2026
  • Portugal. El gobierno aprueba una ley que refuerza la expulsión forzosa de inmigrantes ilegales

    marzo 25, 2026

Noticias mas leídas

  • 1

    VOX recurre el pasaporte covid en Ceuta por atentar contra los derechos fundamentales

    diciembre 31, 2021
  • Comienza la excavación del túnel del tramo 1 de la prolongación del Metro de Málaga en Santa Elena

    diciembre 17, 2025
  • 3

    La Policía Nacional detiene en Madrid a un sicario buscado en Colombia por su presunta implicación en más de 100 homicidios

    mayo 28, 2021

Etiquetas

Aborto actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz chile curso de urbanismo diaz ayuso don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó ferraz Foro Madrid fydu gibraltar español guerra civil ideología LGTBI instituto cisneros instituto de estudios de urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley Jose Andrés Calderón ley de amnistía María Elvira Roca memoria histórica Michael Reckling Pedro Sánchez pegatina blas infante PP PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia