EL VERAZ
Noticias de España, Málaga y la América Española
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

La Audiencia de Sevilla condena a veinte años de cárcel a la mujer que abandonó a su bebé en un contenedor de basura de Los Palacios

by ElVeraz noviembre 3, 2025
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

El tribunal absuelve al amigo que la ayudó al apreciar en su caso la concurrencia de una eximente completa dada su discapacidad intelectual

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a veinte años de cárcel por un delito de asesinato en grado de tentativa a la mujer acusada de abandonar a su bebé recién nacida en un contenedor de basura de la localidad de Los Palacios y Villafranca en el mes de diciembre de 2023, mientras que ha absuelto al amigo que la ayudó a dejarla en dicho contenedor al apreciar en su caso la concurrencia de la eximente completa que lo declara exento de responsabilidad criminal por su discapacidad intelectual.

En la sentencia, fechada el día 30 de octubre y notificada hoy lunes a las partes personadas en este procedimiento, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el tribunal condena a la mujer por un delito de tentativa de asesinato, con la agravante de parentesco y la atenuante de drogodependencia -rechaza aplicar la atenuante de confesión alegada por la defensa-, y le impone veinte años de prisión y la prohibición de comunicarse o aproximarse a menos de 200 metros de la menor y de las personas a cuyo cargo se encuentra por un plazo temporal de 24 años. Asimismo, y en concepto de responsabilidad civil, deberá indemnizar a la víctima en la cantidad de 45.000 euros.

De otro lado, y tras el juicio celebrado los pasados días 20 y 21 de octubre, los magistrados de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial absuelven al varón acusado como cómplice del delito por aplicación de la eximente prevista en el artículo 20.1 del Código Penal, que declara exento de responsabilidad criminal al que, al tiempo de cometer la infracción penal, a causa de cualquier anomalía o alteración psíquica, no pueda conocer la ilicitud del hecho o actuar conforme a esa comprensión, lo que estima que ocurre en este caso concreto. Pese a ello, en concepto de responsabilidad civil, el acusado sí deberá indemnizar a la víctima en la cantidad de 15.000 euros.

El tribunal considera probado que la acusada y su hija de seis años de edad residían en una vivienda de Los Palacios con sus padres de acogida, “a los que había ocultado su estado de gestación”, de manera que, sobre las 17,00 horas del día 18 de diciembre de 2023, comenzó a sentir contracciones propias del parto, por lo que se dirigió al baño de la vivienda, en el que dio a luz a una niña, a la que cortó el cordón umbilical, “decidiendo, dada la ocultación de su embarazo, deshacerse del bebé”.

Para ello, “y con el fin de acabar con la vida de la recién nacida”, la acusada utilizó dos bolsas de plástico en las que introdujo a la pequeña, “siendo auxiliada” por el acusado, “quien se hallaba residiendo provisionalmente en el domicilio pues sus padres tenían estrecha amistad con la familia” de la condenada, “en la que habían delegado el cuidado del procesado mientras su madre se recuperaba de una estancia hospitalaria”, añaden los magistrados.

Tras indicar que la acusada “se encontraba con esta única compañía” en el momento de los hechos, el tribunal señala que el acusado tiene reconocido un grado de minusvalía del 67 por ciento y, por ello, “tiene grave limitación de sus facultades intelectivas y volitivas hasta tal punto que no era consciente ni tenía capacidad para comprender la gravedad de los hechos”, de forma que “se limitó a obedecer la orden” de la acusada, “la cual le entregó a la niña con el encargo de depositarla en los contenedores ubicados a escasos cien metros de la vivienda”.

La sentencia considera probado que, seguidamente, el acusado “introdujo la bolsa con la recién nacida en el fondo de uno de los contenedores y regresó al domicilio” de la encausada, “en el que ésta había permanecido limpiando los restos del alumbramiento con el fin de eliminar cualquier indicio del parto, conminando” a su amigo a “no contar nada”.

La acusada “tuvo la intención de acabar con la vida de su hija recién nacida”

La menor fue hallada en los contenedores por unos vecinos que la trasladaron a un centro médico de la localidad, desde donde fue trasladada a un hospital de la capital, prosiguen los magistrados, que consideran que la pequeña “ha logrado sobrevivir gracias a la rápida asistencia de los vecinos y del personal médico”. La acusada fue detenida finalmente día 9 de enero de 2024, permaneciendo en prisión provisional por estos hechos desde el día siguiente.

A juicio de los magistrados, la investigada “era consciente de las escasas posibilidades de supervivencia de la menor, habida cuenta de las condiciones climatológicas existentes (mes de diciembre), así como de las características del lugar, pues el sitio donde iba a ser abandonada la niña era un lugar poco transitado”. También consideran probado que, en el momento de los hechos, era consumidora de sustancias tóxicas que limitaban sus facultades de entender y querer.

“La acusada tuvo desde un primer momento la intención de acabar con la vida de su hija recién nacida, fatal desenlace que no se produjo gracias a la inmediata intervención de los vecinos y del personal médico que asistió a la menor; se trata, por tanto, de una tentativa acabada”, subraya la Sección Tercera de la Audiencia, que considera que concurre la agravante específica de alevosía y que, por tanto, se trata de una tentativa de asesinato y no de un homicidio en grado de tentativa, como consideraba su defensa.

Además, “consideramos que, en los casos en que la víctima es un recién nacido o un niño incapaz de defenderse, la apreciación de la alevosía atrae de inmediato la calificación del hecho como asesinato y, por consiguiente, la circunstancia agravante, deviniendo imposible aplicación en el delito de homicidio”, precisan. “Dicho de otro modo, un recién nacido, por su propia condición de indefensión, cumple con los requisitos de la alevosía al no poder defenderse ni evitar la agresión. Nos encontramos ante una alevosía por desvalimiento, a la que se reconduce de forma automática la muerte de un niño”, añaden.

La Audiencia manifiesta además que, pese a que la procesada negara en el juicio haber tenido intención de matar a la niña, el tribunal no da credibilidad a su testimonio y “atribuye valor probatorio de cargo suficiente y credibilidad preeminente al sólido resultado obtenido de los medios de prueba” analizados en la vista oral.

La acusada “ocultó su embarazo, dando a luz a solas, procurando un entorno adecuado, buscando la soledad al enviar a sus padres al colegio de su hija mayor, y se valió de persona que dada su discapacidad y relación de confianza sabía que le obedecería y que se desharía de la recién nacida, llegando hasta el punto de limpiar y ordenar el baño donde dio a luz, dejándolo en unas condiciones que ni su propia madre pudo sospechar lo allí ocurrido, pues ignoraba el hecho de que la procesada estuviera embarazada”, finaliza la sentencia.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

El TSXG ordena que el Ayuntamiento de Vigo...

noviembre 3, 2025

La Audiencia de Barcelona condena a un ciudadano...

octubre 31, 2025

Bolaños destaca el papel de los tribunales constitucionales...

octubre 30, 2025

El TSJ de Murcia avala que los inspectores...

octubre 29, 2025

El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica...

octubre 29, 2025

Sevilla. Los primeros Juzgados de Primera Instancia se...

octubre 27, 2025

Bolaños reivindica la mayor transformación de la Justicia...

octubre 24, 2025

El Pleno del CGPJ acuerda crear una Comisión...

octubre 24, 2025

El TSXG anula el despido de una trabajadora...

octubre 23, 2025

La Junta activa la implantación de la segunda...

octubre 23, 2025

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Instituto Cisneros. Premio España para trabajos de jóvenes

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Conferencia sobre la españolidad de Gibraltar

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • COP 30 en Brasil: la Amazonia cerca del «punto de no retorno»

    noviembre 3, 2025
  • La violencia yihadista y el drama de los desplazados múltiples

    octubre 31, 2025
  • Pueblos indígenas en aislamiento en riesgo extinción

    octubre 30, 2025

Noticias mas leídas

  • 1

    VOX recurre el pasaporte covid en Ceuta por atentar contra los derechos fundamentales

    diciembre 31, 2021
  • 2

    España ha concedido casi 52.000 solicitudes de protección temporal a personas procedentes de Ucrania

    abril 12, 2022
  • 3

    Mijas refuerza su liderazgo turístico apostando por un modelo equilibrado y con visión de futuro

    octubre 22, 2025

Etiquetas

actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz chile curso de urbanismo don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó ferraz Foro Madrid francisco franco fydu gibraltar español guerra civil ideología LGTBI instituto cisneros instituto de estudios de urbanismo Instituto Español de Estudios de Urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley Jose Andrés Calderón ley de amnistía María Elvira Roca memoria histórica Michael Reckling Pedro Sánchez pegatina blas infante PP PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia