EL VERAZ
Noticias de España, Málaga y la América Española
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

La Audiencia de Balears condena a tres años y medio de prisión a una empresaria por una estafa piramidal

by ElVeraz octubre 30, 2023
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

La procesada deberá indemnizar a los perjudicados con más de 8 millones de euros

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado a una empresaria como autora de un delito continuado de estafa a la pena de 3 años, 6 meses y 1 día de prisión; y le impone una multa a pagar durante 9 meses una cuota diaria de 25 euros. Además, la Sala le condena en concepto de responsable civil directa -y a las mercantiles European Investment and Consulting Trust, SLU y Balearic Island Investment, en concepto de responsables civiles subsidiarias- a indemnizar a los perjudicados con más de 8 millones de euros. 

El Tribunal absuelve a la procesada de los delitos de falsedad documental, apropiación indebida, insolvencia punible y administración desleal de los que venía siendo acusada por las acusaciones particulares. No obstante, la Sala acuerda prohibir definitivamente a la mercantil European Investment and Consulting Trust, SLU y Balearic Island Investment llevar a cabo cualquier clase de actividad, aunque sea lícita, debiendo librarse los despachos oportunos para la anotación de esta prohibición en el Registro Mercantil correspondiente. 

El Tribunal en su resolución considera probado que la empresaria entre el año 2009 y hasta su detención en 2012, estuvo realizando dos tipos de operaciones fraudulentas. La primera de ellas consistía en captar inversores privados para que prestaran dinero a personas con necesidades de liquidez y que contactaban con ella a través de anuncios publicados en periódicos españoles, ingleses y alemanes. Se trataba de préstamos que generaban un alto tipo de interés para el inversor y que se garantizaban con hipotecas sobre el inmueble titularidad de la persona que recibía el dinero, siendo protocolizado el contrato ante notario. Por intermediar en dicho contrato la acusada recibía una comisión que habitualmente era del 10% del importe total de la operación. Además, la procesada retenía parte del dinero en concepto de depósito que se formalizaba ante un notario distinto. 

Y la segunda operación, más habitual, era la de captar clientes ofreciéndoles beneficios en concepto de intereses si decidían invertir su dinero a través de la mercantil de la acusada. “Sin informar a los clientes que se creían inversores que no se iban a realizar ni inversiones de ningún tipo ni operaciones financieras que pudieran generar los altísimos intereses que ofrecían”, destacan las magistradas. Según la sentencia, estos clientes “tampoco conocían que las retribuciones dinerarias que entregaban se efectuaban con los ingresos que recibían de los nuevos clientes, creando así una estructura defraudatoria piramidal”. 

La Sala señala que la condenada “desde un inicio, no tenía intención de pagar los intereses ni devolver el dinero”. El Tribunal así lo aprecia “puesto que las sociedades carecían de actividad negocial susceptible de generar los recursos necesarios para satisfacer los altísimos intereses pactados y devolver el capital entregado”. Según la resolución, el destino conferido al dinero que recibía la condenada, en parte, iba destinado al pago de intereses con la finalidad de atraer para sí nuevas inversiones del mismo o distinto cliente y en parte, “se lo apropió para mantener el elevado nivel de vida del que disfrutaba”.  

En definitiva, las magistradas destacan que “la acusada sabía, desde el inicio, que no iba a cumplir lo pactado, puesto que, la ausencia de una actividad empresarial real impedía a las sociedades la generación de recursos propios con los que atender los pagos comprometidos que dependían, exclusivamente, de la captación de nuevos inversores cuyas aportaciones eran destinadas a satisfacer los compromisos adquiridos con los primeros”. 

El Tribunal tiene en cuenta el número de perjudicados, el lapso temporal en el que se reproduce sistemáticamente la conducta, con especial atención al hecho de que “la acusada continuaba con la captación de nuevos clientes e inversores en el período en el que ya se producían impagos y, por lo tanto, persistió en su ilícito proceder a sabiendas de que iba a provocar un importante perjuicio, y al tal perjuicio causado que, sin computar la totalidad de los intereses ordinarios y de demora supera ampliamente los 7 millones de euros”. 

La sentencia no es firme, cabe recurso de apelación.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

Bolaños preside la Conferencia Sectorial para Asuntos de...

noviembre 7, 2025

La Audiencia Nacional absuelve condena a dos policías...

noviembre 7, 2025

El Tribunal Supremo fijará jurisprudencia sobre si un...

noviembre 6, 2025

Un juzgado de Bergara condena a Vueling a...

noviembre 6, 2025

El Gobierno concede la nacionalidad española a 171...

noviembre 5, 2025

Condenan a tres miembros de una organización que...

noviembre 5, 2025

Andalucía. El presupuesto de Justicia supera los 933...

noviembre 5, 2025

VOX alerta en la UE del colapso judicial...

noviembre 4, 2025

El TSXG exime al Concello de Vigo de...

noviembre 4, 2025

La Audiencia de Sevilla condena a veinte años...

noviembre 3, 2025

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Instituto Cisneros. Premio España para trabajos de jóvenes

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Conferencia sobre la españolidad de Gibraltar

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • Ucrania: Los centros educativos Vulyk, colmenas de esperanza

    noviembre 7, 2025
  • Belém acoge a los líderes mundiales para la Cumbre sobre el Clima

    noviembre 6, 2025
  • Gaza, una población dividida entre la esperanza y el miedo

    noviembre 5, 2025

Noticias mas leídas

  • 1

    VOX recurre el pasaporte covid en Ceuta por atentar contra los derechos fundamentales

    diciembre 31, 2021
  • 2

    España ha concedido casi 52.000 solicitudes de protección temporal a personas procedentes de Ucrania

    abril 12, 2022
  • 3

    Mijas refuerza su liderazgo turístico apostando por un modelo equilibrado y con visión de futuro

    octubre 22, 2025

Etiquetas

actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz chile curso de urbanismo don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó ferraz Foro Madrid francisco franco fydu gibraltar español guerra civil ideología LGTBI instituto cisneros instituto de estudios de urbanismo Instituto Español de Estudios de Urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley Jose Andrés Calderón ley de amnistía María Elvira Roca memoria histórica Michael Reckling Pedro Sánchez pegatina blas infante PP PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia