EL VERAZ
Noticias de España, Málaga y la América Española
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

El TSXG solicita al TJUE que se pronuncie sobre si el público debió tener acceso a los informes sectoriales sobre eólicos antes de autorizarse los parques

by ElVeraz marzo 7, 2024
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

La Sala entiende que la ley estatal y la autonómica “podrían no haber traspuesto adecuadamente” lo exigido en la directiva europea al privar a los interesados de su derecho a formular las alegaciones. Los magistrados esperarán a la resolución europea para resolver sobre la legalidad de la autorización de la Xunta para construir del parque eólico A Raña III (Mazaricos)

La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha planteado una triple cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que determine si la Xunta debió poner a disposición del público interesado (no solo de los promotores) los informes sectoriales sobre parques eólicos para que pudiese, en su caso, formular alegaciones y participar en el proceso de toma de decisión sobre las autorizaciones de los proyectos antes de que fuesen aprobados. Esos informes sectoriales contienen información sobre materia forestal, de aguas, de patrimonio natural y cultural, de turismo, de salud, de energía eléctrica y de seguridad aérea, entre otros.

La Sala ha acordado suspender, a la espera de que se resuelva la cuestión prejudicial, el litigio en el que deberá decidir sobre la legalidad o no de la resolución de la Xunta en la que otorgó a Eurus Desarrollos Renovables las autorizaciones administrativas previa y de construcción del parque eólico A Raña III, situado en el término municipal de Mazaricos (A Coruña).

El alto tribunal gallego indica en el auto remitido al TJUE que para tomar una decisión sobre el asunto que le plantean “resulta relevante decidir si la normativa interna (estatal y autonómica) se ajusta al mandato del artículo 6.3 de la Directiva 2011/92/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente, en lo que concierne a la necesidad de que la Administración interviniente ofrezca a los interesados un trámite de audiencia después de la emisión de los informes sectoriales”.

Los magistrados explican que uno de los motivos de nulidad que esgrime la parte demandante -la asociación ecologista Petón do Lobo-  fue lo razonado en la sentencia del TSXG de 14 de enero de 2022 (PO 7419/2020), que analizó un asunto en el que, al igual que sucedió en el presente caso, no se había ofrecido un trámite de audiencia a los interesados tras la emisión de los informes sectoriales de un parque eólico, lo que motivó la anulación de la resolución que autorizó la ejecución y explotación de las instalaciones. Esa sentencia del TSXG, sin embargo, fue revocada por el Tribunal Supremo en un fallo de 21 de diciembre de 2023 (recurso de casación 3303/2022).

El TSXG, según señala en el auto, entiende que el artículo 6 de la Directiva 2011/92/UE obliga a los órganos que resuelven solicitudes de autorizaciones con efectos medioambientales a realizar previamente tres trámites: los dos primeros -sobre los cuales no se fija un orden temporal- son: otorgar audiencia al público en general sobre el proyecto y recabar los informes sectoriales de los órganos competentes en diversas materias; y, el tercero, se realizaría con posterioridad, pues consiste en trasladar los principales informes sectoriales a los interesados (que no es solo el promotor) para que puedan formular alegaciones antes de la toma de decisión.

“Por esa razón, entiende este órgano judicial que los artículos 36, 37 y 38 de la Ley estatal 21/2013, y 33 y 34 de la Ley autonómica gallega 8/2009, podrían no haber traspuesto adecuadamente lo exigido en el artículo 6.3 de la Directiva 2011/92/UE, en la medida en que, si bien otorgan audiencia al promotor tras los trámites de información pública y obtención de los informes sectoriales, les privan a los interesados, que se definen en su artículo 1.2.e), de su derecho a formular las alegaciones con anterioridad a que la autoridad competente adopte la decisión sobre la solicitud de autorización del proyecto (artículo 6.4 de esa directiva)”.

En concreto, los magistrados solicitan al TJUE que aclare el significado de la expresión de “principales informes y dictámenes” a que se refiere el artículo 6.3 de la Directiva 2011/92/UE, relativa a la evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente; así como que especifique si los informes a que se refiere el artículo 37.2 de la Ley 21/2013, que debe solicitar el órgano sustantivo, son los que se recogen en el artículo 6.3 de la Directiva 2011/92/UE; y, por último, demanda que aclare si los artículos 36, 37 y 38 de la Ley estatal 21/2013 y 33 y 34 de la Ley autonómica gallega 8/2009 se oponen a la exigencia que impone el artículo 6.3 de la Directiva 2011/92/UE de garantizar que se pongan a disposición del público interesado los principales informes sectoriales que se hubieran emitido, al objeto de que pueda formular sus alegaciones y participar, dentro de un plazo no inferior a 30 días, en el proceso de la toma de decisión sobre la solicitud de autorización del proyecto, antes de que aquella se hubiera adoptado.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

Tres fiscales participan en una guía para visibilizar...

febrero 5, 2026

La presidenta del TS y del CGPJ alerta...

febrero 4, 2026

Su Majestad el Rey ha presidido el acto...

febrero 4, 2026

El Ministerio de Justicia y el Consejo General...

febrero 3, 2026

El instructor del Tribunal Supremo declara la pérdida...

febrero 3, 2026

Comienza la formación especializada en delitos contra la...

febrero 3, 2026

La Junta de Andalucía expide un total de...

febrero 2, 2026

La Fiscal General del Estado y la ministra...

enero 30, 2026

Reunión de la presidenta del TSJ de Cataluña,...

enero 29, 2026

El TSXG condena a la Xunta a indemnizar...

enero 29, 2026

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Instituto Cisneros. Premio España para trabajos de jóvenes

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Alberto Bárcena y la verdadera historia del Valle de los Caídos

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • Mesa de diálogo entre EEUU e Irán será el viernes en Omán

    febrero 5, 2026
  • Italia. Conversación telefónica con el Presidente de Argelia

    febrero 4, 2026
  • No queremos la prosperidad de Ucrania con el dinero del pueblo húngaro

    febrero 3, 2026

Noticias mas leídas

  • 1

    VOX recurre el pasaporte covid en Ceuta por atentar contra los derechos fundamentales

    diciembre 31, 2021
  • El campo de Málaga celebra el freno al acuerdo con Mercosur impulsado por VOX en Europa

    enero 22, 2026
  • 3

    La Junta e Innova IRV impulsan un laboratorio andaluz de ciberseguridad en Málaga

    enero 29, 2026

Etiquetas

Aborto actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz chile curso de urbanismo diaz ayuso don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó ferraz Foro Madrid fydu gibraltar español guerra civil ideología LGTBI instituto cisneros instituto de estudios de urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley Jose Andrés Calderón ley de amnistía María Elvira Roca memoria histórica Michael Reckling Pedro Sánchez pegatina blas infante PP PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia