EL VERAZ
Promovemos una España católica, unida, libre y próspera
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

El Tribunal Supremo confirma la condena a un exconcejal de la CUP en Lleida por desobedecer la orden de retirar los lazos amarillos del Ayuntamiento durante el periodo electoral

by ElVeraz febrero 15, 2024
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

Según la Sala, “el objeto es la desobediencia de las órdenes reiteradas de un órgano constitucional cuya función es garantizar la transparencia y limpieza en los procesos electorales que exige la neutralidad de los poderes y Administraciones Públicas”

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena por delito de desobediencia impuesta al exconcejal de la CUP en Lleida por no retirar unos lazos amarillos de una ventana del Ayuntamiento durante el periodo electoral de las elecciones generales de abril de 2019, pese a ser requerido varias veces a hacerlo por la Junta Electoral.

El Supremo desestima el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, dictada el 14 de diciembre de 2021, que le condenó a la pena de multa de 1.080 euros y de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos por tiempo de 6 meses.

En su sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, el Supremo destaca que “el recurrente se valió de su condición, primero, de concejal y posteriormente, presidente del Grupo Municipal, para colocar tales símbolos en aquellas dependencias del Ayuntamiento, su despacho en la última planta, oficialmente asignado, violando el deber de neutralidad política que consagra el artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General” para los periodos electorales.

Respecto a la alegación del recurrente sobre la vulneración de su libertad ideológica, el Supremo señala que “el objeto del proceso no es analizar la condena del recurrente desde la perspectiva de la libertad ideológica y de expresión, pues como ciudadano es libre de realizar manifestaciones o actos que reflejen su identidad política. El objeto es la desobediencia de las órdenes reiteradas de un órgano constitucional cuya función es garantizar la transparencia y limpieza en los procesos electorales que exige la neutralidad de los poderes y Administraciones Públicas”.

“El ejercicio legítimo de un derecho -añade la sentencia- no constituye una patente para que bajo su amparo, puedan quedar justificados todos los actos que bajo los supuestos del precepto se realicen, sino que es preciso que los mismos estén dentro de la órbita de su debida expresión, uso y alcance, porque de lo contrario constituyen un abuso capaz y bastante para desvalorar la excusa y para llegar a una definición de responsabilidad”.

El alto tribunal insiste en que la cuestión planteada en el recurso se concreta en si el recurrente, como concejal del Ayuntamiento y miembro de un grupo municipal, podía ser requerido por la Junta Electoral de Zona al cumplimiento del acuerdo que ordenaba retirar la estelada y los lazos amarillos, colocados desde la ventana correspondiente al despacho de dicho grupo municipal, en la fachada principal y visibles desde el exterior. Y la respuesta debe ser afirmativa.

Así, el Supremo destaca que “el recurrente omite que la exhibición de aquellos símbolos -estelada y lazos amarillos, cuya significación política e ideológica no puede ser cuestionada- no se produjo en un acto partidista de campaña electoral, elecciones a las que no concurría la formación política a la que pertenece el acusado, sino de forma permanente en una dependencia pública del Ayuntamiento”.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

La Fiscal Superior de Andalucía recibe en Cádiz...

octubre 6, 2026

El Pleno del CGPJ acuerda convocar cinco nuevas...

octubre 5, 2026

La Fiscalía General lamenta profundamente el fallecimiento del...

octubre 5, 2026

El juez que instruye el caso ‘Plus Ultra’...

septiembre 30, 2026

La Fiscalía General del Estado refuerza la Fiscalía...

septiembre 28, 2026

La Audiencia Nacional condena a 17 años de...

septiembre 24, 2026

El Tribunal Supremo confirma la condena a cuatro...

septiembre 24, 2026

Los órganos judiciales de Ceuta abrieron 37 procedimientos...

septiembre 23, 2026

La Comisión Permanente ordena incoar expediente disciplinario al...

septiembre 23, 2026

La Audiencia de A Coruña condena a seis...

septiembre 22, 2026

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Alberto Bárcena y la verdadera historia del Valle de los Caídos

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • El Primer Ministro de Portugal defiende el fortalecimiento de la política de cohesión y la política agrícola común

    octubre 6, 2026
  • Sudán, una guerra sin fronteras

    octubre 5, 2026
  • R. D. del Congo. La epidemia de ébola se extiende. Ya hay más de 8.000 casos

    septiembre 30, 2026

Noticias mas leídas

  • VOX logra que Marbella dé luz verde a un espacio público dedicado al Dúo Arenal

    julio 30, 2026
  • Mijas fumiga tres parques tras detectar mosquitos capaces de transmitir el virus del Nilo

    julio 30, 2026
  • Ronda prepara un plan de calidad turística 2026-2030 para definir el futuro del sector con la colaboración de todos los agentes vinculados al turismo en Ronda

    diciembre 11, 2025

Etiquetas

actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz curso de urbanismo diaz ayuso don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó Foro Madrid fydu gibraltar español guerra civil ideología de género ideología LGTBI instituto de estudios de urbanismo Instituto Español de Estudios de Urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley juanma moreno ley de amnistía manuel gavira María Elvira Roca memoria histórica Pedro Sánchez PP prioridad nacional PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones salvador gil moñi Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa subvenciones Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia