EL VERAZ
Noticias de España, Málaga y la América Española
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

El Tribunal Supremo anula el ascenso a General de Brigada de un coronel de la Guardia Civil al estimar el recurso de una asociación

by ElVeraz noviembre 14, 2024
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

La Asociación Pro-Guardia Civil había cuestionado la legalidad del procedimiento de ascenso

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado el ascenso a General de Brigada del coronel de la Guardia Civil Miguel Ángel G.A. al estimar un recurso de la Asociación Pro-Guardia Civil (APROGC) que había cuestionado la legalidad del procedimiento de ascenso.

La Sala ha ordenado retrotraer el procedimiento para que el director de la Guardia Civil emita su “propio informe”, conforme el artículo 67.2 de la Ley de Régimen del Personal de la Guardia Civil (LRPGC), en el que valore la evaluación realizada por el Consejo Superior de la Guardia Civil sobre la idoneidad de quienes vayan a ascender, el orden de prelación y el procedimiento seguido.

Asimismo, señala que la ministra de Defensa, oído el ministro del Interior, deberá hacer una propuesta de ascenso al Consejo de Ministros en la que valore la prelación e idoneidad para el desempeño del destino vacante de General de Brigada en las que se concretó el ascenso impugnado en cuanto a los evaluados.

El tribunal recuerda que se ha pronunciado sobre la cuestión controvertida en otros casos planteados anteriormente por un coronel no ascendido en sentencias de las que se deduce un criterio general aplicable a todo procedimiento de ascenso al empleo de General de Brigada en la Guardia Civil.

Este procedimiento se resume, explica la Sala, en que el “informe propio” del director general de la Guardia Civil, exigible por la ley, no puede quedar ceñido a remitir la evaluación realizada por el Consejo Superior de la Guardia Civil, como tampoco a pasar por informe lo que no deja de ser repetición de lo que dice ese artículo 67.

En segundo lugar, indica que el director general de la Guardia Civil debe hacer una valoración propia, tanto del resultado de lo hecho por ese Consejo Superior, como órgano evaluador, como de los elementos necesarios para que el Consejo de ministros decida y aprecie la idoneidad del ascendido.

Añade que, además, a la vista de los cambios advertidos en esas sentencias y que implicó una variación en la clasificación, debe ponderarse la bondad del procedimiento seguido y el juicio de prelación que hizo el Consejo Superior plasmado en la evaluación final. Y afirma que deben constar las razones de la propuesta de la ministra de Defensa sobre la prelación e idoneidad del coronel ascendido para la concreta vacante que determina el ascenso.

Legitimación de asociaciones de guardias civiles para impugnar decretos de ascenso

Antes de entrar en el fondo del asunto, el tribunal se pronuncia sobre la falta de legitimación de esta asociación para presentar recurso y que había sido alegada por la Abogacía del Estado para reclamar la inadmisión de este.

A este respecto, la Sala en su sentencia, ponencia del magistrado José Luis Requero, rechaza esta causa de inadmisibilidad y reconoce la legitimación de las asociaciones profesionales de la Guardia Civil, que en el caso examinado es APROGC, para impugnar decretos de ascenso a General de Brigada de la Benemérita.

Fundamenta su decisión en que se trata de una asociación profesional integrada por guardias civiles, entre cuyos fines está la defensa de sus intereses profesionales, “y que no acciona ni en defensa del interés legítimo de un coronel, ni plantea inidoneidad del ascendido, sino que acciona en pro de la legalidad del procedimiento de ascenso, lo que afecta a la carrera profesional de los guardias civiles, lo que es un legítimo interés profesional colectivo a efectos del artículo 19.1.b de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA)”.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

Tres fiscales participan en una guía para visibilizar...

febrero 5, 2026

La presidenta del TS y del CGPJ alerta...

febrero 4, 2026

Su Majestad el Rey ha presidido el acto...

febrero 4, 2026

El Ministerio de Justicia y el Consejo General...

febrero 3, 2026

El instructor del Tribunal Supremo declara la pérdida...

febrero 3, 2026

Comienza la formación especializada en delitos contra la...

febrero 3, 2026

La Junta de Andalucía expide un total de...

febrero 2, 2026

La Fiscal General del Estado y la ministra...

enero 30, 2026

Reunión de la presidenta del TSJ de Cataluña,...

enero 29, 2026

El TSXG condena a la Xunta a indemnizar...

enero 29, 2026

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Instituto Cisneros. Premio España para trabajos de jóvenes

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Alberto Bárcena y la verdadera historia del Valle de los Caídos

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • Mesa de diálogo entre EEUU e Irán será el viernes en Omán

    febrero 5, 2026
  • Italia. Conversación telefónica con el Presidente de Argelia

    febrero 4, 2026
  • No queremos la prosperidad de Ucrania con el dinero del pueblo húngaro

    febrero 3, 2026

Noticias mas leídas

  • 1

    VOX recurre el pasaporte covid en Ceuta por atentar contra los derechos fundamentales

    diciembre 31, 2021
  • El campo de Málaga celebra el freno al acuerdo con Mercosur impulsado por VOX en Europa

    enero 22, 2026
  • 3

    La Junta e Innova IRV impulsan un laboratorio andaluz de ciberseguridad en Málaga

    enero 29, 2026

Etiquetas

Aborto actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz chile curso de urbanismo diaz ayuso don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó ferraz Foro Madrid fydu gibraltar español guerra civil ideología LGTBI instituto cisneros instituto de estudios de urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley Jose Andrés Calderón ley de amnistía María Elvira Roca memoria histórica Michael Reckling Pedro Sánchez pegatina blas infante PP PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia