La Fiscal General del Estado, Teresa Peramato, ha presentado hoy ante la Junta de Fiscales de Sala el borrador de la Instrucción sobre el régimen de comunicaciones del artículo 25 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
Esta Instrucción precisa los supuestos que han de ser considerados como de especial importancia o trascendencia y, por tanto, que los fiscales deben comunicar a los Fiscales Jefes Territoriales, a los Fiscales Jefes de los Órganos del Ministerio Fiscal y a la Fiscal General del Estado, tal y como establece el citado precepto. Se recoge además el procedimiento para llevar a término dicha comunicación.
Los trabajos para desarrollar esta instrucción se iniciaron ya en el año 2015 y han sido el producto de un largo proceso de elaboración a cargo de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado. Tras la presentación ante la Junta de Fiscales de Sala, el borrador se someterá igualmente al parecer de la Junta de Fiscales Superiores de las Comunidades Autónomas y la Junta de Fiscales Jefes Provinciales. Posteriormente, tras el examen por parte de la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado de todas las aportaciones realizadas, se remitirá un texto final a la Junta de Fiscales de Sala y, por último, al Consejo Fiscal.
La puesta en marcha de este proceso participativo ha sido valorada positivamente por todos los miembros de la Junta de Fiscales de Sala.
El borrador de Instrucción presentado busca dar seguridad a los fiscales acerca de los supuestos en que deben dar cuenta a las respectivas Jefaturas de los procedimientos que tramiten, así como del modo en que deben transmitir la información a sus superiores jerárquicos, todo ello para garantizar el principio de unidad de actuación que vertebra la actuación del Ministerio Fiscal en todo el territorio nacional, y que es garantía de la seguridad jurídica y de la igualdad en la aplicación de la ley.
El borrador enumera, entre otros supuestos de obligación de comunicar sus actuaciones a los superiores jerárquicos y al/a la Fiscal General, los siguientes:
– Causas por delitos de extrema gravedad, como los castigados con prisión permanente revisable, el terrorismo, el genocidio o los delitos de lesa humanidad.
– Procedimientos relacionados con grandes catástrofes o daños ambientales graves.
– Investigaciones seguidas contra personas aforadas, jueces, magistrados y fiscales.
– Asuntos con posibles repercusiones internacionales.
– Asuntos de especial impacto social o mediático.
Dichas comunicaciones se efectuarán respetando la estructura jerárquica, tanto territorial como de secciones especializadas, del Ministerio Fiscal, mediante una transmisión escalonada de la información.
Fuente: https://www.fiscal.es/
