EL VERAZ
Noticias de España, Málaga y la América Española
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

El Tribunal Supremo anula el apartado de la Orden que redujo el plazo de validez de la ITV prorrogadas por el estado de alarma

by ElVeraz octubre 22, 2021
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

La Sala afirma la falta de consistencia de la justificación ofrecida por la Administración para adoptar la decisión de recortar el periodo de validez de las inspecciones

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado la nulidad del apartado segundo de la Orden SND 413/2020, de 15 de mayo, que acortó el periodo de validez de las ITV favorables de vehículos realizadas tras la declaración del estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas, al considerar que vulnera el ordenamiento jurídico y el Derecho de la Unión Europea. 

El apartado segundo de la citada orden establecía que la fecha de validez de la ITV de los vehículos cuyos certificados habían sido prorrogados era la que constaba en la tarjeta de inspección y, en ningún caso, la de la prórroga. 

El tribunal ha dictado dos sentencias en las que estima los recursos de casación interpuestos por la Federación Empresarial de Auto Transporte de Tarragona (FEAT-TARRAGONA) y de la Fundación Avata de Ayuda al Accidentado, en los que solicitaban la nulidad del apartado segundo de la Orden impugnada. 

La Sala considera que el apartado segundo de la Orden se aparta de lo previsto por el artículo 6 del Real Decreto 920/2017, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, que establece que el plazo de validez se computará a partir de la fecha en la que el resultado de la inspección fuera favorable. 

Afirma la falta de consistencia de la justificación ofrecida por la Administración para adoptar la decisión de recortar el periodo de validez de las ITV. Así, señala que “descartado el vaticinio del colapso no encontramos en el expediente ni se ha traído al proceso ninguna otra justificación razonable. La consecuencia es que, a falta de ella, la decisión de la Administración se sustenta exclusivamente en su voluntad”. 

Asimismo, recuerda que el Reglamento (UE) 698/2020 prorrogó por siete meses la validez de las inspecciones que hubieran debido realizarse entre el 1 de febrero y el 31 de agosto de 2020 y que no contempla el acortamiento de los plazos de validez. 

“Es verdad que, conforme a su artículo 5.6, no se ha aplicado en España, pero que haya sido así no permite ignorar la solución que la Unión Europea ha considerado procedente: prorrogar los certificados de vehículos que, a causa de las medidas contra la pandemia, no pudieron ser inspeccionados cuando les correspondía sin reducir el período de validez de los expedidos cuando han sido revisados finalmente. No aplicarla en España supone apartarse de lo que prescribe el Derecho de la Unión Europea y también debemos advertir ahora que no hay explicación de la razón por la cual es imprescindible en España lo que no es necesario para el Reglamento (UE) 698/2020”, subraya el tribunal. 

Por todo ello, concluye en su sentencia, ponencia del magistrado Pablo Lucas, que hay causas suficientes para anular el apartado segundo de la Orden ya que se trata de una disposición “que carece de sustento en el Real Decreto 463/2020, infringe el principio de interdicción de la arbitrariedad proclamado por el artículo 9.3 de la Constitución y desconoce el Derecho de la Unión Europea”. 

El apartado segundo de la Orden impugnada estaba suspendido cautelarmente desde el 5 de octubre de 2020 por decisión de la Sala, que en su sentencia recuerda que entonces atendió la recomendación que hizo el Defensor del Pueblo. En su informe advirtió, y así lo recuerda la Sala, que “siendo loable el propósito de asegurar la supervivencia económica de las estaciones de ITV, ese objetivo de interés general podía lograrse de otro modo sin imponer cargas a los particulares sin efecto para el interés general”. 

La Sala reconoce la legitimación para recurrir a la Fundación Avata de Ayuda al Accidentado, que había sido cuestionada por la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos. En este sentido, indica que la Orden no contiene ninguna medida que afecte a las víctimas de accidentes de tráfico, pero sí aparenta pretender que no se produzcan accidentes mediante una adecuada inspección técnica de vehículos. 

Además, precisa en su sentencia, ponencia de la magistrada Celsa Pico, que el Real Decreto por el que se declara de interés preferente la actividad de inspección técnica de vehículos señala que con el incremento de los medios de diagnosis de deficiencias mecánicas de los vehículos se quiere disminuir el índice de siniestralidad en la circulación vial. Del mismo modo, que la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la misma materia recoge que el buen estado técnico para circular tiene un impacto directo en la seguridad vial.

Fuente: www.poderjudicial.es

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

La Audiencia de Barcelona condena a un ciudadano...

octubre 31, 2025

Bolaños destaca el papel de los tribunales constitucionales...

octubre 30, 2025

El TSJ de Murcia avala que los inspectores...

octubre 29, 2025

El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica...

octubre 29, 2025

Sevilla. Los primeros Juzgados de Primera Instancia se...

octubre 27, 2025

Bolaños reivindica la mayor transformación de la Justicia...

octubre 24, 2025

El Pleno del CGPJ acuerda crear una Comisión...

octubre 24, 2025

El TSXG anula el despido de una trabajadora...

octubre 23, 2025

La Junta activa la implantación de la segunda...

octubre 23, 2025

La Audiencia Nacional accede a extraditar a EE.UU....

octubre 22, 2025

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Instituto Cisneros. Premio España para trabajos de jóvenes

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Conferencia sobre la españolidad de Gibraltar

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • La violencia yihadista y el drama de los desplazados múltiples

    octubre 31, 2025
  • Pueblos indígenas en aislamiento en riesgo extinción

    octubre 30, 2025
  • ACNUR y OIM: inaceptable matanza de migrantes en el Mediterráneo

    octubre 29, 2025

Noticias mas leídas

  • 1

    VOX recurre el pasaporte covid en Ceuta por atentar contra los derechos fundamentales

    diciembre 31, 2021
  • 2

    España ha concedido casi 52.000 solicitudes de protección temporal a personas procedentes de Ucrania

    abril 12, 2022
  • 3

    Mijas refuerza su liderazgo turístico apostando por un modelo equilibrado y con visión de futuro

    octubre 22, 2025

Etiquetas

actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz chile curso de urbanismo don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó ferraz Foro Madrid francisco franco fydu gibraltar español guerra civil ideología LGTBI instituto cisneros instituto de estudios de urbanismo Instituto Español de Estudios de Urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley Jose Andrés Calderón ley de amnistía María Elvira Roca memoria histórica Michael Reckling Pedro Sánchez pegatina blas infante PP PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia