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La instructora del accidente de El Bocal (Santander) considera que el mantenimiento de la pasarela correspondía a Costas y dirige acción penal contra dos de sus funcionarios

by ElVeraz marzo 24, 2026
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La reparación de la pasarela en 2024, que se limitó a la estructura de madera, “ha podido resultar insuficiente”, y ve “indicios de negligencia” en el jefe de Servicio de Proyectos y en el director de Obras del proyecto de 2014

  • Advierte de que el Ayuntamiento, detectado un riesgo, debe precintar aunque la infraestructura sea de otra administración, así que quiere conocer si el deterioro de la pasarela era visible antes del accidente
  • Pide a la Policía Judicial que recabe documentación visual sobre el estado de la pasarela antes del siniestro y localice a personas que la frecuentaban y puedan aportar testimonios e imágenes
  • Solicita al perito judicial que también informe si la reparación efectuada por Costas en el verano de 2024 fue suficiente
  • Cita a declarar como testigo a una vecina miembro de la Asamblea en Defensa de la Senda y Costa Norte

La titular de la Plaza n.º 1 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Santander ha acordado dirigir acción penal contra dos funcionarios de la Demarcación de Costas en Cantabria al considerar que es la administración central “la única responsable de garantizar la adecuada conservación y mantenimiento” de la pasarela de la playa de El Bocal siniestrada el pasado 3 de marzo y en la que fallecieron seis personas.

En concreto, la acción penal se dirige contra el jefe de Servicio de Proyectos y Obras de la Demarcación de Costas y contra el director de Obras del proyecto de la senda costera de 2014, jefe de la citada Demarcación.

En un Auto hoy dado a conocer y contra el que cabe recurso de reforma ante la propia magistrada y de apelación ante la Audiencia Provincial, se declara a la Demarcación de Costas en Cantabria posible responsable civil dado que es la única responsable del mantenimiento de las unidades de obras ejecutadas dentro del Proyecto de la senda peatonal al tratarse de obras no finalizadas, hallando “serios indicios de la existencia de un posible actuar negligente en el mantenimiento de la pasarela”.

En concreto, explica la magistrada que la reparación llevada a cabo en el verano de 2024 se limitó a la estructura de madera pese a que, según el informe de la Policía Científica, todos los elementos metálicos estaban completamente oxidados, por lo que la instructora considera que esa actuación “ha podido resultar insuficiente concurriendo, por ello, serios indicios de negligencia”.

Costas es la única responsable del mantenimiento

La decisión de dirigir acción penal contra dos funcionarios de la Demarcación de Costas se adopta a la vista de la documentación requerida y aportada por la propia administración central y por el Ayuntamiento Santander.

Analizada la misma, la instructora concluye que “las obras de ejecución de la senda peatonal en modo alguno han finalizado”.

Así, las obras iniciadas con el primer Proyecto de 2012 se paralizaron porque Demarcación de Costas decidió resolver el contrato con la empresa adjudicataria por “desistimiento”, y el segundo Proyecto de “Finalización” de 2016 ni siquiera llegó a aprobarse mientras que “el compromiso municipal asumido por el Ayuntamiento de Santander de hacerse cargo del mantenimiento de tales obras quedaba condicionado o supeditado, lógicamente, a que tales obras finalizaren”.

“Son obras no finalizadas ni, por ello, recepcionadas por el Ayuntamiento de Santander, de forma que era y es Demarcación de Costas en Santander la única responsable de garantizar la adecuada conservación y mantenimiento de tales unidades de obra, entre ellas, la pasarela objeto de autos, que, como tal, desde el año 2014 se ha hallado en todo momento abierta al público en general sin ningún tipo de restricción”, señala la magistrada.

Además, indica que Demarcación de Costas “era muy consciente de tal deber de conservación y mantenimiento”, y es que un informe de mayo de 2024 elaborado por un vigilante de Costas advertía al jefe de Servicio de Obras “del mal estado de ciertas maderas”, por lo que meses después se llevó a cabo una reparación de las infraestructuras, entre ellas la siniestrada.

Actuar negligente en el mantenimiento de la infraestructura

Si bien la magistrada ya ha solicitado un informe pericial sobre distintos extremos técnicos que ayuden a esclarecer los hechos, pendiente de emisión, “del conjunto de lo actuado hasta la fecha concurren serios indicios de la existencia de un posible actuar negligente en el mantenimiento de la pasarela”.

Y lo infiere a partir del acta de inspección de la Policía Científica que advirtió de que “todos los elementos metálicos de la estructura se encuentran completamente oxidados”, mientras que el único mantenimiento documentado de la pasarela, realizado cuando ya llevaba 10 años construida, intervino solo sobre su estructura de madera “lo que, a nuestro juicio, ha podido resultar insuficiente, concurriendo serios indicios de negligencia en ello”, razona la magistrada.

Por ello, también acuerda en su Auto ampliar el objeto del informe pericial que ya solicitó el pasado 13 marzo. Ahora, la magistrada pide que el mismo aclare si la reparación que Costas llevada a cabo en el mes de julio de 2024 en la pasarela “interviniendo exclusivamente sobre la estructura de madera fue suficiente”.

“Procede, pues, investigar la actuación de aquellas personas que, por el cargo que ostentaban y ostentan, pueden tener responsabilidad directa en su deber de garantizar la adecuada conservación y mantenimiento de la pasarela”, por su posición de garante, concluye la magistrada.

El Ayuntamiento debe precintar

El auto de la magistrada también advierte de que, aunque el mantenimiento corresponda a Costas, “el Ayuntamiento de Santander ostenta la llamada potestad de policía administrativa en materia de seguridad en espacios accesibles al público”.

Así, “detectado un riesgo debe proceder a acotar, señalizar o precintar el mismo, aunque la infraestructura afectada corresponda a otra administración, más aún en el supuesto de autos, donde el Ayuntamiento promovía o incluía la zona en rutas turísticas o senderos”.

Por ello, “resulta relevante y necesario conocer si, en la fecha del siniestro, el deterioro de la pasarela era visible y en qué grado, es decir, si el riesgo de colapso podía ser perceptible”.

Para clarificar este punto, la magistrada acuerda en su auto pedir al Grupo III UDEV de la Brigada Provincial de la Policía Judicial que trate de recabar “material probatorio sobre el estado que presentaba para cualquier ciudadano la pasarela días o semanas antes del siniestro, en forma de fotografías anteriores al derrumbe y testimonios de personas que frecuentaran la misma”.

También quiere escuchar a una vecina miembro de la Asamblea en Defensa de la Senda y Costa Norte que fue identificada después de que la magistrada pidiera a la Policía Judicial recabar quejas sobre la pasarela.

Esta vecina comparecerá como testigo el próximo viernes 27 de marzo. Declarará después de los ya citados: los dos ciclistas que avisaron del accidente, el vecino que llamó al 112 el día previo, la operadora que recibió su llamada, la policía local que a su vez recibió la comunicación del 112 y los agentes que realizaron la inspección ocular tras el accidente.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

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