EL VERAZ
Noticias de España, Málaga y la América Española
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

La Audiencia de Madrid condena a quince años y medio de cárcel al hombre que mató a otro a cuchilladas valiéndose de la emboscada de un menor

by ElVeraz octubre 30, 2023
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

El jurado popular concluyó que el acusado actuó en todo momento con la intención única de matar a la persona con la que había discutido previamente por teléfono, valiéndose también de la circunstancia de que ni siquiera se conocían de vista

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a quince años y medio de cárcel por asesinato al acusado de matar de varias puñaladas, el 10 de noviembre de 2021, a un hombre en las inmediaciones del madrileño bar Bodega Poveda, con el que previamente había discutido por teléfono. Al término del plenario, el jurado popular que siguió la vista estableció que se trataba de un crimen premeditado, ya que Marco M. F. se valió de un menor de edad para lograr que la víctima saliera del establecimiento en el que se encontraba, una emboscada planeada entre ambos que aprovechó para que sin posibilidad alguna de defenderse, apuñalara a David en cuanto éste puso un pie en la calle.

Así quedó atestiguado por el jurado popular y ratificado en los hechos probados de la sentencia -que se acompaña en archivo adjunto- donde en blanco sobre negro se recoge la artimaña orquestada entre el condenado y el menor para alcanzar su fin sangriento: el menor, que dada su condición no está acusado en este procedimiento, entró en la Bodega Poveda y propinó un manotazo a la víctima, de nombre David, una clara provocación que tenía como único objetivo que la víctima saliera a la calle, donde le esperaba armado con un cuchillo el condenado y un grupo de amigos. Las dos puñaladas con las que le asaeteó el hígado le causaron un shock hipovolémico contra el que nada pudieron hacer los médicos del Gregorio Marañón, a donde llegó con un hálito de vida.

El jurado consideró probado sin sombra de duda que Marco M. F. actuó de manera rápida y sorpresiva, valiéndose de la artimaña de sacarle del bar para darle muerte, toda vez que víctima y verdugo ni siquiera se conocían de vista, ya que las diferencias entre ambos se produjeron durante una conversación telefónica. La sentencia establece que sobre los hechos probados no hay controversia, más aún si se tiene en cuenta que en el momento de la detención, el condenado reconoció que había apuñalado a David, circunstancia que tuvo gran relevancia a la hora de esclarecer los hechos.

El jurado descarta la enajenación y apuntala el asesinato

El jurado popular también descartó que Marco sufriera al tiempo de los hechos una perturbación mental, aunque fuera momentánea, que le impidiera por completo y de manera absoluta conocer que lo que hacía era contrario a derecho. El jurado concluyó que con su acción el condenado quiso causar la muerte de David o que en última instancia actuó asumiendo y aceptando este resultado.

Los nueve ciudadanos que siguieron la vista volvieron la conjetura en certeza al comprender que la forma en la que se perpetró el delito así lo indica: un ataque con cuchillo y con dos golpes directos al bajo abdomen, elemento éste que reiteradamente cita nuestra jurisprudencia para determinar la intención del agresor y fundamental a la hora de distinguir entre el delito de homicidio intentado, el delito de lesiones y, finalmente, el asesinato. Tres –dice nuestra jurisprudencia-, son los elementos principales de los que cabe inferir la voluntad de matar: la clase de instrumento utilizado, la zona del cuerpo a la que se dirige el golpe, que ha de ser vital, y, por último, la contundencia de los medios empleados, la intensidad del ataque.

El jurado razonó, como sostenía la acusación particular, planteamiento al que en última instancia también se sumó el Ministerio Público, que en un principio calificó los hechos como homicidio, que estábamos ante un ataque alevoso, sorpresivo, extremo éste confirmado por la declaración de uno de los testigos, cuando narró que lo ocurrido se produjo “en cuestión de segundos”. La sentencia es recurrible ante la Sala Penal del TSJ de Madrid.

Fuente: www.poderjudicial.es

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

Bolaños preside la Conferencia Sectorial para Asuntos de...

noviembre 7, 2025

La Audiencia Nacional absuelve condena a dos policías...

noviembre 7, 2025

El Tribunal Supremo fijará jurisprudencia sobre si un...

noviembre 6, 2025

Un juzgado de Bergara condena a Vueling a...

noviembre 6, 2025

El Gobierno concede la nacionalidad española a 171...

noviembre 5, 2025

Condenan a tres miembros de una organización que...

noviembre 5, 2025

Andalucía. El presupuesto de Justicia supera los 933...

noviembre 5, 2025

VOX alerta en la UE del colapso judicial...

noviembre 4, 2025

El TSXG exime al Concello de Vigo de...

noviembre 4, 2025

La Audiencia de Sevilla condena a veinte años...

noviembre 3, 2025

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Instituto Cisneros. Premio España para trabajos de jóvenes

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Conferencia sobre la españolidad de Gibraltar

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • Ucrania: Los centros educativos Vulyk, colmenas de esperanza

    noviembre 7, 2025
  • Belém acoge a los líderes mundiales para la Cumbre sobre el Clima

    noviembre 6, 2025
  • Gaza, una población dividida entre la esperanza y el miedo

    noviembre 5, 2025

Noticias mas leídas

  • 1

    VOX recurre el pasaporte covid en Ceuta por atentar contra los derechos fundamentales

    diciembre 31, 2021
  • 2

    España ha concedido casi 52.000 solicitudes de protección temporal a personas procedentes de Ucrania

    abril 12, 2022
  • 3

    Mijas refuerza su liderazgo turístico apostando por un modelo equilibrado y con visión de futuro

    octubre 22, 2025

Etiquetas

actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz chile curso de urbanismo don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó ferraz Foro Madrid francisco franco fydu gibraltar español guerra civil ideología LGTBI instituto cisneros instituto de estudios de urbanismo Instituto Español de Estudios de Urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley Jose Andrés Calderón ley de amnistía María Elvira Roca memoria histórica Michael Reckling Pedro Sánchez pegatina blas infante PP PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia