EL VERAZ
Promovemos una España católica, unida, libre y próspera
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

El Tribunal Superior confirma la anulación de la resolución que facultaba a Educación imponer la autoevaluación a los centros concertados

by ElVeraz noviembre 24, 2025
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ratifica una sentencia que consideraba “extravagante” e “ilegal” la forma en la que se pretende llevar a efecto esa intromisión en las competencias que los colegios privados concertados tienen para su autoevaluación, organización y gestión

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado una sentencia que estimó el recurso presentado por un centro contra una resolución del departamento de Educación del Gobierno de Navarra que le facultaba a imponer el sistema de autoevaluación a los colegios concertados. 

En noviembre de 2024, el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pamplona dictaminó que resultaba “extravagante” e “ilegal” la forma en la que se pretendía llevar a efecto esa intromisión en las competencias de los centros educativos. 

En su demanda, el centro educativo había impugnado la citada norma al entender que vulnera la competencia de los centros privados concertados en tanto que se regula la autoevaluación, que es una competencia propia y exclusiva del centro educativo, así como la autonomía pedagógica, de organización y de gestión. 

El recurrente destacaba, asimismo, que se infringía lo establecido en el artículo 106 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ya que dicha norma se refiere única y exclusivamente a la “Evaluación de la función pública docente”, no a los centros privados concertados, que en consecuencia son los competentes para autoevaluar a su profesorado. 

Al respecto, el magistrado concluía que resulta “claro” que esa Ley Orgánica atribuye a los centros privados concertados la facultad de autoevaluación.  

“En este sentido la actividad administrativa impugnada en tanto que impone, y lo hace de una forma precisa y determinada sin margen de decisión alguno, la forma y manera en la que ha de llevarse a cabo por el centro educativo la autoevaluación, supone transgresión de los principios que, como se ha señalado, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, otorga a los centros educativos en este ámbito”, subrayaba el juez. 

Respecto a la vulneración de la autonomía pedagógica, de organización y de gestión de los centros concertados, el magistrado también estimaba la pretensión del demandante. Señalaba que a la inspección del sistema educativo le corresponde la vigilancia, supervisión y evaluación del sistema educativo, pero no la autoevaluación. “Y siendo esto así no se puede, como aquí pretende la Administración demandada, imponer el qué y el cómo haya de hacerse esa autoevaluación”, incidía. 

Es posible, añadía el juez, que el departamento de Educación tenga legitimación y potestad para establecer un modelo de autoevaluación para los centros públicos de su titularidad, cuestión que no forma parte del objeto de este procedimiento. “Ahora bien, resulta extravagante (además de ilegal) la forma en la que se pretende llevar a efecto esa intromisión en las competencias de los centros concertados para realizar la autoevaluación”, reprochaba. 

“Con método, formación y eficiencia” 

En su sentencia, la Sala de lo Contencioso señala que se ha de examinar la cuestión nuclear del caso, atinente básicamente a si se ha vulnerado la competencia del centro educativo demandante hoy apelado, para la autoevaluación de los centros educativos y su alcance. “Como se ha visto, el juez a quo en síntesis sostiene que la autoevaluación en los centros privados concertados es competencia única y exclusiva de los mismos y de sus titulares y el juez parte de la OF [Orden Foral] 45/2022, mostrando su disconformidad con alguno de sus preceptos”, indica el TSJN. 

La gran diferencia entre la evaluación y la autoevaluación es el agente evaluador. En la evaluación es externo mientras que en la autoevaluación es interno. Es uno mismo con respecto a lo conseguido con su programa, su proyecto, bien sea el centro en su conjunto entendido como propio o un sujeto exclusivamente, el profesor, director, etc. Es decir, la evaluación interna supone, por una parte, una evaluación personal de cada uno de los profesores y maestros y, por otra, una evaluación comunitaria. 

“Dicho esto, lo que la norma prevé, ya lo adelantamos, es que la Administración educativa apoye y facilite la autoevaluación, en el sentido de que no genere obstáculos ni dificulte la propia autoevaluación, sin que, en todo caso, para conseguir estos fines, intervenga de forma tan intensa y proactiva que deje vacía de contenido esta llamada autoevaluación que el propio centro hará con los medios y soportes con que cuente, ya externos ya propios en todo caso, con método, formación y eficiencia”, apunta el Tribunal. 

La Sala mantiene que, ontológicamente, la autoevaluación “es una competencia que corresponde al centro y, en su caso, el seguimiento o incluso la posibilidad de implementar una aplicación informativa no puede ir más allá que lo propio de un seguimiento sin limitar ni dejar vacía de contenido la autoevaluación”. 

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

El juez del ‘caso Plus Ultra’ rechaza suspender...

julio 30, 2026

Teresa Peramato dice que la violencia vicaria lastra...

julio 30, 2026

El TSJPV aplica la doctrina del Tribunal Supremo...

julio 29, 2026

El CGPJ contacta con las presidencias de los...

julio 27, 2026

La Fiscal General del Estado propondrá al Gobierno...

julio 27, 2026

El juez de la Audiencia Nacional abre juicio...

julio 24, 2026

La Junta de Andalucía aprueba destinar 8,5 millones...

julio 23, 2026

La Unidad de Criminalidad Informática de la FGE...

julio 22, 2026

El TSJCV confirma la condena a 28 años...

julio 22, 2026

La Audiencia de Sevilla condena al expresidente de...

julio 20, 2026

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Alberto Bárcena y la verdadera historia del Valle de los Caídos

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • R. D. del Congo, el brote de ébola empeora: 1.405 víctimas de más de 3.000 casos

    julio 30, 2026
  • Florida refuerza sus acuerdos con Reino Unido en industria, universidades y vuelos

    julio 30, 2026
  • Haití anuncia elecciones generales para el 13 de diciembre de 2026

    julio 29, 2026

Noticias mas leídas

  • 1

    El Pleno del Ayuntamiento de Estepona aprueba ceder un nuevo espacio a la Asociación Española Contra el Cáncer para la atención gratuita a pacientes oncológicos y familiares

    julio 22, 2026
  • 2

    Mijas subvenciona con 500.500 € a nueve entidades sociales que desarrollan un total de 17 proyectos de inclusión en el municipio  

    julio 24, 2026
  • AFA y AECC gestionarán las barras solidarias del Cine de Verano en Marenostrum Fuengirola

    julio 20, 2026

Etiquetas

actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz curso de urbanismo diaz ayuso don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó Foro Madrid fydu gibraltar español guerra civil ideología de género ideología LGTBI instituto de estudios de urbanismo Instituto Español de Estudios de Urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley juanma moreno ley de amnistía manuel gavira María Elvira Roca memoria histórica Pedro Sánchez PP prioridad nacional PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones salvador gil moñi Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa subvenciones Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia