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El Ayuntamiento de Estepona informa que entra en vigor la ordenanza reguladora del uso de patinetes eléctricos

by ElVeraz abril 8, 2026
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El documento recoge la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) para garantizar la seguridad vial y la convivencia entre usuarios de estos vehículos, peatones y coches

El Ayuntamiento de Estepona informa que hoy, 8 de abril, entra en vigor la Ordenanza Reguladora de Circulación y uso de Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

La nueva ordenanza tiene como objetivo favorecer la seguridad vial y garantizar que la circulación de los Vehículos de Movilidad Personal se realice de una forma adaptada y segura, haciéndola compatible con los diferentes usos de la vía pública; así como establecer las condiciones de uso de este tipo de vehículos aclarando los requisitos exigibles para la circulación, y estableciendo el marco de la potestad sancionadora en la materia.

El documento recoge la normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) para garantizar la seguridad vial y la convivencia entre usuarios de estos vehículos, peatones y coches. En la ordenanza también se recogen aspectos como que, desde el pasado 2 de enero, es obligatorio que los propietarios cuenten con un seguro de responsabilidad para VMP, así como del certificado de circulación del fabricante.

Los usuarios de este tipo de vehículos han de tener más de 16 años y han de usar obligatoriamente el casco homologado en todo momento. Está prohibido usar el móvil o auriculares mientras se conducen los VMP.

La ordenanza también recoge la obligatoriedad de que los conductores de estos vehículos respeten siempre las señales, semáforos y pasos de peatones. En el caso de que tengan que cruzar pasos de peatones, los usuarios deberán bajar del vehículo para hacerlo.

La ordenanza también establece que no está permitido que circulen por la acera. Los VMP sólo pueden circular por la calzada o carriles bici, y sus conductores tendrán que señalizar sus maniobras con el brazo, en caso de que no dispongan de intermitentes.

La velocidad máxima será de 25 kilómetros hora en calles con acera, 20 kilómetros en vías sin acera y a 10 kilómetros/ hora en aquellas zonas que estén señalizadas expresamente.

La conducción de estos vehículos no puede llevarse a cabo bajo los efectos del alcohol o las drogas, y sólo pueden ser utilizados por una persona.

La ordenanza también recomienda el uso de calzado adecuado que sujete bien el pie y garantice el control del vehículo, así como la utilización de chalecos reflectantes.

La Policía Local impondrá sanciones a quienes incumplan las medidas que contempla la nueva ordenanza.

Por otra parte, reiterar que la ordenanza prohíbe la circulación de estos vehículos en zonas peatonales. Por este motivo, se instaló señalética vertical en el Paseo Marítimo y las principales vías comerciales de la ciudad (calles Terraza y Real). Esta prohibición está también recogida en el Reglamento de Circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT).

Con esta ordenanza se apuesta por la mejora de la seguridad vial, por los nuevos modos de movilidad, las energías limpias y la convivencia pacífica de sus ciudadanos.

Fuente: https://ayuntamiento.estepona.es/

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