El principio de prioridad nacional que plantea Vox de los españoles respecto a los extranjeros en el acceso a ayudas y servicios públicos es algo de pregrullo y evidente y que existe en cualquier país del mundo. Es lógico que un país priorice a sus nacionales como un ayuntamiento suele priorizar a sus vecinos. España pertenece a los españoles y no al universo.
- ESPAÑA PERTENECE A LOS ESPAÑOLES, ARTÍCULO 1 DE LA CONSTITUCIÓN
El primer fundamento constitucional es el artículo uno de la Constitución que establece la soberanía del pueblo español y que por tanto España pertenece a los españoles, tanto sus recursos públicos como también la inmensa deuda pública generada en los últimos años.
Artículo 1 1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.
2. EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN ENTRE ESPAÑOLES, ARTÍCULO 14 DE LA CONSTITUCIÓN
En segundo lugar está el principio de igualdad de los españoles del artículo 14, que no se refiere a ciudadanos sino españoles, por lo que priorizar a un español respecto a un extranjero respecto a una ayuda o servicios pública no supone un acto de discriminación sino un acto de plena legalidad, de razón y de justicia social. Los recursos públicos generados con el trabajo de los españoles es lógico se reparta prioritariamente entre los españoles.
Artículo 14 Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
3. EL DERECHO A UNA VIVIENDA DE LOS ESPAÑOLES, ARTÍCULO 47 DE LA CONSTITUCIÓN
En tercer lugar está el artículo 47 de la Constitución que se refiere al derecho de acceso a la vivienda de los españoles y no de los ciudadanos, ni de los extranjeros, ni de nadie más.
Artículo 47 Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
4. EL PRINCIPIO DE «PRIORIDAD ANTINACIONAL» CONTRA ESPAÑA Y LOS ESPAÑOLES
Plantear la prioridad de los extranjeros por su «vulnerabilidad» respecto de los españoles en el acceso a las ayudas y servicios públicos sólo puede obedecer a motivaciones políticas, pero en ningún caso puede atender ni a la lógica ni a la legalidad.
