EL VERAZ
Noticias de España, Málaga y la América Española
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia

Aprueban vacunar a un anciano contra la voluntad de su hijo

by ElVeraz octubre 11, 2021
FacebookTwitterWhatsappTelegramEmail

El Tribunal confirma la decisión de un Juzgado de Fuerteventura que avaló la profilaxis contra el Covid de la residencia donde está internado. El afectado, de 79 años, está incapacitado para tomar decisiones, y la Sala cree que la protección de la salud debe primar sobre la opinión del familiar

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha confirmado la decisión de un juzgado de Fuerteventura de autorizar el suministro de la vacuna contra la Covid-19 a un varón de 79 años incapacitado para decidir por sí mismo y residente en un centro de mayores, en contra del criterio de su hijo, que se opone a que se haga efectiva la prescripción. 

La Sala confirma el permiso judicial a las autoridades sanitarias para que se inmunice al anciano incapacitado, al considerar que el criterio que debe primar es “la mayor protección y el mejor beneficio de la salud” del residente, “debiendo quedar al margen cualquiera otra consideración”. 

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha dictado hoy el auto que desestima el recurso de apelación interpuesto por el hijo del afectado contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Puerto del Rosario, que el pasado 26 de mayo autorizó al servicio sanitario de una residencia de personas mayores de Fuerteventura a suministrar la vacuna a un interno de 79 años “no capacitado para adoptar de una forma válida y consciente cualquier tipo de decisión que afecte a su salud”. 

La decisión del juzgado civil fue recurrida por el hijo del afectado, contrario a que su progenitor recibiera la vacuna. El Ministerio Fiscal se opuso a la estimación del recurso, interesando la confirmación de la resolución. 

La Sala ha tomado su decisión al amparo del artículo 9.6 de la Ley de la autonomía del paciente 41/2002 de 14 de noviembre, que establece que en los casos en los que el consentimiento haya de otorgarlo el representante legal [del afectado] o las personas vinculadas por razones familiares o de hecho, “la decisión deberá adoptarse atendiendo siempre al mayor beneficio para la vida o salud del paciente”. 

Recuerda la resolución que, además, la norma establece que aquellas decisiones que sean contrarias a dichos intereses “deberán ponerse en conocimiento de la autoridad judicial, directamente o a través del Ministerio Fiscal, para que adopte la resolución judicial correspondiente (…)”. 

Entiende el magistrado ponente, José Antonio Morales Mateo, que, a la luz de este postulado, la única perspectiva a ponderar en el caso “es la individual del paciente, es decir, la identificación de la mayor protección o el mayor beneficio de la salud del residente, debiendo quedar al margen cualesquier otra consideración”. 

“La administración de la vacuna”, razona, “supone, desde la perspectiva del interés individual y protección para la vida y la salud del mismo, un beneficio incontestable, mucho mayor que los riesgos que supondría la no administración de la misma, teniendo en cuenta que, si bien no se trata de una persona que por sus patologías esté en un grupo de riesgo, sí lo está por estar en régimen cerrado en una residencia, rodeado de decenas de internos, y con el tráfico de personas diversas, personal, médicos, familiares… lógico en una residencia”. 

Subraya que hay que tener en cuenta que las vacunas que se administran en España están autorizadas por la Agencia Europea del Medicamento y la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, “además de estar sometidas a un continuo seguimiento, lo que permite suponer que las se han elaborado, pese a la celeridad del proceso, con las máximas garantías de calidad, seguridad y eficacia, y que por ello mismo los beneficios de su administración superan notoriamente los riesgos derivados constatados hasta el momento”. 

La decisión de la Audiencia no es susceptible de recurso alguno.

Fuente: www.poderjudicial.es

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR

El Tribunal Supremo condena al director y editora...

diciembre 18, 2025

El CGPJ aprueba la reforma del reglamento que...

diciembre 18, 2025

El Tribunal Supremo resuelve que se impongan las...

diciembre 17, 2025

El CGPJ considera necesario el ingreso de 367...

diciembre 16, 2025

El TSJCV deniega suspender cautelarmente los servicios mínimos...

diciembre 12, 2025

Andalucía. Aprobado el decreto de bolsas de interinos...

diciembre 11, 2025

La Sala Apelación de la Audiencia Nacional absuelve...

diciembre 11, 2025

Condenados a seis años de internamiento los dos...

diciembre 11, 2025

Félix Bolaños asiste a la reunión del Patronato...

diciembre 10, 2025

El Gobierno aprueba el nombramiento de Teresa Peramato...

diciembre 10, 2025

Leave a Comment Cancel Reply

Save my name, email, and website in this browser for the next time I comment.

Instituto Cisneros. Premio España para trabajos de jóvenes

Recibe el Veraz en tu email

SUSCRÍBETE A NUESTRO BOLETIN

Alberto Bárcena y la verdadera historia del Valle de los Caídos

Gibraltar es español según la resolución 2231 de 1964 de Naciones Unidas

Haz tu donativo a Abogados Cristianos en defensa de los católicos

alumbra la vida. A los niños no se les aborta, no se les sexualiza y no se les adoctrina: los niños son sagrados

INTERNACIONAL

  • Uganda, sacerdote desaparecido está detenido ilegalmente

    diciembre 18, 2025
  • EE.UU.-Venezuela, Trump impone el bloqueo total de los petroleros sancionados

    diciembre 18, 2025
  • RD Congo, continúa la ofensiva en Sud Kivu. Más de cien mil niños desplazados

    diciembre 17, 2025

Noticias mas leídas

  • 1

    VOX recurre el pasaporte covid en Ceuta por atentar contra los derechos fundamentales

    diciembre 31, 2021
  • 2

    Todos los centros educativos públicos de Fuengirola mejorarán la climatización de sus aulas durante este curso escolar

    diciembre 3, 2025
  • 3

    VOX plantea una reestructuración urgente de LIMASAM ante el hartazgo vecinal por la falta de limpieza en Málaga

    julio 31, 2025

Etiquetas

actúa familia Alvise Pérez Asociación Cisneros ayuntamiento málaga Blas Infante carlos alcaraz chile curso de urbanismo diaz ayuso don rodrigo bocanegra Eduardo Verástegui empresarios marbella Feijó ferraz Foro Madrid francisco franco fydu gibraltar español guerra civil ideología LGTBI instituto cisneros instituto de estudios de urbanismo Instituto Español de Estudios de Urbanismo ivan espinosa de los monteros Javier Miley Jose Andrés Calderón ley de amnistía María Elvira Roca memoria histórica Michael Reckling Pedro Sánchez pegatina blas infante PSOE rafael sánchez saus Rafa Nadal Ramón Tamames Rogelio Vigil de Quiñones Santiago Abascal Se acabo la fiesta Se acabó la fiesta Semana Santa Tren litoral urbanismo violencia género VOX
  • Twitter
  • Linkedin
  • Email
Footer Logo
  • Aviso legal
  • Noticias de Málaga, España y la América Española @2024 Todos los derechos reservados.
EL VERAZ
  • Inicio
  • Economia y Derecho
    • Economía
    • Derecho
  • Noticias
    • España
    • Malaga y la provincia
    • América Española
    • Internacional
  • Caridad y familia
    • Iglesia
    • Caritas
    • ONGs
  • Cultura y deportes
    • Historia