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El TSXG confirma la sentencia que condenó a una mujer que estafó a un vecino de A Coruña haciéndole creer que se casaría con él

by ElVeraz abril 8, 2025
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La Sala entiende probado que la acusada lo engañó para conseguir que le entregase un total de 71.900 euros

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña en la que condenó a dos años y medio de cárcel a una vecina de Leganés que estafó a un residente en A Coruña que puso un anuncio en septiembre de 2017 en la sección de contactos de un periódico digital en el que indicaba que “necesitaba compañía, dejando su número de teléfono por si alguna mujer estuviera interesada en una relación estable de pareja”. En él, la víctima, de 66 años, se describía como “una persona cariñosa, honrada y sensible”.

El alto tribunal gallego avala el relato de hechos probados de la sentencia de primera instancia, en el que se indica que, al día siguiente, la acusada, de 44 años, contactó con él “y le hizo creer que aceptaba la propuesta y que pensaba trasladarse a A Coruña para convivir y casarse, cuando lo que se proponía era obtener todo el dinero posible, convenciéndolo, primero, de su enamoramiento y, luego, de múltiples y ficticias adversidades o enfermedades graves, propias o de familiares”. De esta forma, según añade el tribunal en la sentencia, logró que “el persuadido uniera a su dependencia física en silla de ruedas otra emocional” y logró que le entregase un total de 71.900 euros (el importe de los ahorros y de los préstamos que obtuvo).

El TSXG rechaza que se haya vulnerado la presunción de inocencia de la sospechosa, pues destaca que comparece en la vida de la víctima “poniendo de manifiesto –y aquí está el engaño- que está dispuesta a ser esa compañera de vida solicitada y, es en tal contexto, cuando comienza a relatar todo tipo de problemas que requieren que se le entregue dinero”. Los magistrados destacan que “si la acusada no hubiera llamado la atención del afectado para ocupar esa condición de esposa o compañera, es evidente, no hubiera recibido dinero alguno”. Contra el fallo del TSXG cabe presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

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