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La Audiencia de Barcelona condena a dos personas por delitos de inmigración ilegal y trata de seres humanos con finalidad de explotación sexual

by ElVeraz junio 6, 2024
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La sentencia relata que se dirigían a mujeres jóvenes, vulnerables y con pocos recursos

La sección 10ª de la Audiencia de Barcelona ha condenado a dos personas, un matrimonio, a penas de 36 y 46 años de prisión por los delitos de inmigración ilegal y trata de seres humanos con finalidades de explotación sexual. Además, también deberán indemnizar a las víctimas con cantidades de entre 10.000 y 80.000 euros. El matrimonio condenado gestionaba cuatro prostíbulos en la ciudad de Barcelona y, según la sentencia, entre 2016 y 2018 captaban e introducían en Espala de forma irregular a jóvenes venezolanas para su explotación sexual.  

Tal y como recoge la sentencia en los hechos probados: «Los acusados A.V.G. (alias ‘T.’), español, mayor de edad y Y.A.S.R., (alias ‘D.’) ligados entre sí por vínculo matrimonial desde el año 2014 y residentes en Barcelona, en el período comprendido durante los años 2016, 2017 y principios del 2018, constituyeron de forma conjunta como su principal medio de vida y como una forma de lucro personal, la captación, introducción en España (vulnerando las normas reguladoras de la entrada, estancia y permanencia en España previstas en la legislación de extranjería), traslado, acogimiento, y posterior explotación sexual de mujeres jóvenes de origen venezolano, pertenecientes todas ellas a un país inmerso en una compleja situación política, económica y social.

Su finalidad última fue el aprovechamiento económico de los ingresos que esas mujeres obtendrían mediante el ejercicio de la prostitución en unas circunstancias injustas, desmedidas y distintas de las mendazmente ofertadas». La sentencia añade: «…se dirigían hacia mujeres jóvenes, vulnerables, con pocos recursos, sin capacidad u oportunidades de desarrollo personal o profesional, que deseaban un porvenir mejor, empleando con ellas ofertas de trabajo como ‘mujer de compañía’ o ‘scort de lujo’. A otras les ofrecían ejercer la prostitución, pero en condiciones que nada tenían que ver con las situaciones de explotación en la que se encontraron.

Una vez en Barcelona las sometían en cortos períodos de tiempo a un riguroso control de su actividad sexual a través de su prostitución, sin percibir ninguna cantidad por sus servicios. Los precios los fijaban los acusados: el 50% era para ellos y el otro 50% también porque en lugar de pagarlo a ellos se lo quedaban a cuenta de la deuda contraída para su traslado a España».

Fuente: https://www.poderjudicial.es/

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