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El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital lanza el proyecto para extender la factura electrónica en las operaciones comerciales entre empresas y profesionales

by ElVeraz marzo 9, 2023
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  • El Ministerio saca a consulta pública el Real Decreto que desarrolla el proyecto de factura electrónica incluido en la Ley Crea y Crece
  • La generalización de la facturación electrónica en las operaciones entre empresa y autónomos garantizará una mayor agilidad y control de los pagos, lo que redundará en una reducción de la morosidad comercial
  • La medida permitirá reducir los costes de transacción, avanzar en la digitalización de pymes y autónomos y permitirá obtener información fiable, sistemática y ágil de los plazos efectivos de pago
  • Para lograr estos objetivos y facilitar su implementación entre pymes y autónomos, la Administración pondrá a disposición de estas empresas una infraestructura básica pública para acceder a la factura electrónica

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha publicado la consulta del Real Decreto de desarrollo de la factura electrónica para las operaciones comerciales entre empresas y profesionales.

Este proyecto se incluye en la Ley Crea y Crece aprobada el pasado mes de septiembre y forma parte de las medidas para luchar contra la morosidad, una de las causas que más incidencia tiene en la liquidez y rentabilidad de muchas empresas españolas, con particular incidencia en las pymes, favoreciendo de esta forma el crecimiento empresarial.

La implementación de la factura electrónica en todas las transacciones comerciales garantizará una mayor agilidad y control de los pagos, lo que contribuirá al cumplimiento de la normativa de morosidad general y sectorial. 

Asimismo, esta medida reducirá los costes de transacción ya que permitirá integrar todas las funciones de facturación, cobros, pagos y contabilidad de forma automática, ganando en rapidez y eficiencia. Adicionalmente supondrá un impulso adicional en la digitalización de las pymes y autónomos en el marco del Plan de Recuperación.

Para garantizar la consecución de estos objetivos, y facilitar su implementación entre pymes y autónomos, la Administración pondrá a disposición de estas empresas una infraestructura básica pública para acceder a la factura electrónica, si bien la tramitación podrá realizarse también a través de cualquiera de las plataformas privadas existentes.

El sistema tendrá que ser interoperable, para permitir la utilización y traducción de los diferentes formatos más utilizados, lo permitirá la integración y adaptación a nivel europeo. Asimismo, el sistema tendrá que estar interconectado, para que los usuarios solo necesiten conectarse a una plataforma para la gestión de sus facturas.

Finalmente, las pymes y autónomos contarán con un amplio apoyo para su implementación, a través de periodos transitorios amplios, de fórmulas adaptadas de remisión y de las ayudas del Kit Digital.

Medidas adicionales para luchar contra la Morosidad

La Ley Crea y Crece incluye otras medidas adicionales y complementarias para luchar contra la morosidad comercial.

En concreto, se establece que las empresas que no cumplan los plazos de pago establecidos en la Ley de Morosidad (Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales) no podrán acceder a una subvención pública o ser entidad colaboradora en su gestión.

Se prevé también la creación de un Observatorio Estatal de la Morosidad Privada, que hará una seguimiento y análisis de los datos de los plazos de pagos y promoverá buenas prácticas. Entre sus actuaciones se incluye la publicación de un listado anual de empresas morosas (personas jurídicas que no paguen en plazo un porcentaje superior al 5% de sus facturas y que el importe total de las facturas impagadas sea superior a 600.000 euros).

Finalmente, se incluye en la Ley de Sociedades de capital y la Ley de Morosidad la obligación de que las empresas grandes indiquen en sus memorias anuales, además del periodo medio de pago a sus proveedores, el volumen y número de facturas pagadas en un periodo inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad.

Fuente: https://portal.mineco.gob.es/

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