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El Tribunal Supremo inadmite la querella presentada por el dirigente de Junts per Catalunya Jordi Sànchez contra Pablo Casado por calumnias e injurias

by ElVeraz marzo 23, 2022
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El Supremo destaca que las expresiones controvertidas “surgen en el curso de una discusión pública que versa sobre asuntos de interés público y que atañe a personas con relevancia pública lo que excluye, en principio, la afectación de la intimidad”

La Sala Penal del Tribunal Supremo ha inadmitido a trámite la querella presentada por Jordi Sànchez Pincayol, dirigente de Junts per Catalunya, contra el diputado y presidente del PP, Pablo Casado, por delito de calumnias con publicidad, y subsidiariamente, por injurias con publicidad, por unas declaraciones de diciembre de 2021 en un acto político en Zaragoza donde Casado dijo que Sànchez no le iba a dar lecciones de democracia siendo ‘un señor que ha sido condenado a 9 años de cárcel, que ha destrozado un coche de la Guardia Civil y se ha subido con un megáfono a instigar a la violencia contra las administraciones del Estado’, y posteriormente en un  tuit señaló: “El mundo al revés: un delincuente condenado a 9 años de prisión por dar un golpe al Estado y destrozar patrullas policiales denuncia a quien exige cumplir la ley y la convivencia”.

El Supremo destaca que las expresiones controvertidas “surgen en el curso de una discusión pública que versa sobre asuntos de interés público y que atañe a personas con relevancia pública lo que, de una parte, excluye, en principio, la afectación de la intimidad y, de otra, amplía los límites de la crítica permisible, tanto por la pauta que representa el modo normal en que tales polémicas discurren cuanto por el interés público subyacente. De modo que, en estos casos, quedan amparadas por las libertades de expresión e información, no sólo críticas inofensivas o indiferentes «sino otras que puedan molestar, inquietar o disgustar»”.

Las palabras de Casado se produjeron después de que Sànchez anunciase la presentación de una querella contra él por delitos de odio, calumnias e injurias, por unas declaraciones en las que el presidente del PP acusó al Ejecutivo central de tolerar “el señalamiento de un niño de cinco años en Canet, en Cataluña”, y se preguntó: “¿Se puede tolerar de verdad que a un niño de cinco años se le pueda apedrear, aislar en clase? ¿Se puede tolerar que haya profesores con instrucciones para no dejar ir al baño a niños porque hablan en castellano?”

Sobre la posterior reacción de Casado al anuncio de querella por delito de odio de Sànchez, el Supremo insiste en que se enmarca en un debate político entre personas con tal cualidad y que afecta a aspectos públicos y no privados de su vida.

Fuente: www.poderjudicial.es

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