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La Audiencia Nacional acuerda la entrega de un ciudadano belga reclamado en su país por amenazas y acoso por Internet a políticos y deportistas

by ElVeraz noviembre 18, 2021
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La Sala explica que de la OEDE de Bélgica se desprende que se cumplen todos y cada uno de los requisitos requeridos

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la entrega a Bélgica de un ciudadano de aquel país que está reclamado para ser juzgado por haber enviado a través de Internet amenazas y mensajes de acoso a diferentes figuras del mundo de la política y del deporte. 

En un auto, la Sección Tercera rechaza el recurso del reclamado y confirma la decisión del Juzgado Central de Instrucción 6 que acordó el pasado mes de septiembre su entrega a Bélgica para ser juzgado por delitos de amenazas y acoso, que pueden ser castigados con hasta cinco años y dos años de prisión, respectivamente. 

La Audiencia explica que de la OEDE de Bélgica se desprende que se cumplen todos y cada uno de los requisitos requeridos, habiendo sido expedida por el Tribunal de Primera Instancia de Amberes, reseñando expresamente el lugar, hechos, circunstancias y participación del reclamado en los hechos. 

“Queda claro -añade el tribunal-, que la consumación de los delitos que se le imputan se produce en Bélgica, al residir en dicho país los destinatarios de las amenazas efectuadas por email y redes sociales, de manera que excluyen la indefensión que sería necesaria para denegar la entrega, que es aquella en la que el reclamado va -a ciegas- a un país sin saber básicamente a qué –lo que negamos en este caso-“. 

Para la Sala, la OEDE tramitada por la Justicia belga cumple todos los requisitos legales y considera que debe ser “en aquel país -que es donde están los datos concretos definitivos- se entre en el fondo de la cuestión.” 

En relación con la alegación del recurrente de su arraigo en España como causa para que sea denegada la entrega, la Sala señala que no ha quedado probado que lleve viviendo diez años de forma continuada en España, si bien, aclara, el arraigo no es causa de denegación sino sólo de condicionamiento de la entrega. 

Para los jueces, “el hecho de haberse recibido por cuantiosas figuras públicas belgas del mundo de la política y del deporte las numerosas amenazas (de acribillarles a balazos con un AK 47 o de provocar un incendio de sus casas u otras exigiendo dinero mediante mails) en territorio belga, hace competente a ese país para su castigo”. 

En el mismo sentido, indica el auto, la competencia es de Bélgica por haber ocurrido en aquel país la parte más necesaria de la acción, esto es, la recepción de las amenazas y donde se ha ocasionado el consiguiente desasosiego e intranquilidad perseguidos penalmente. 

En otro auto, la Sección Tercera ratifica la prisión acordada para el reclamado, de 81 años, con el fin de que se pueda ejecutar su entrega a Bélgica teniendo en cuenta el “evidente” riesgo de fuga para el caso de que quedara en libertad.

Fuente: www.poderjudicial.es

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